Solicitud para la celebración de matrimonio civil
Objeto
Solicitud de celebración de matrimonio civil en el Salón de Plenos del Ayuntamiento.
Quién puede realizar el trámite
Cualquiera de las personas contrayentes, u otra persona en su nombre.
Cómo se puede realizar el trámite
· Telemáticamente: a través del botón Nueva instancia situado en la parte inferior de esta página.
En el caso de que la persona solicitante sea PERSONA JURÍDICA O SUJETO OBLIGADO a relacionarse electrónicamente con las Administraciones Públicas, sólo podrá presentar de esta forma.
· Presencialmente en las oficinas del Ayuntamiento.
Documentación a presentar
· Instancia indicando día y hora de celebración, datos de las personas contrayentes y nombre del miembro de la Corporación que desean celebre la boda.
· Copia del documento de identificación en vigor (DNI-NIE o Pasaporte) de ambos contrayentes.
· Copia del documento de identificación en vigor (DNI-NIE o Pasaporte) de los dos testigos que vayan a estar presentes en la ceremonia.
Importe
El establecido en la Ordenanza Fiscal reguladora.
Cómo y cuándo se resuelve.
El expediente se tramita en el Registro Civil o Juzgado de Paz. Para ello deberá acudir, lo antes posible, al Registro Civil o Juzgado de Paz del municipio en el que esté empadronada una de las personas contrayentes, a fin de iniciar la tramitación correspondiente.
Al menos una de las personas contrayentes debe estar empadronada en el municipio.